INTRUSISMO EN FISIOTERAPIA

Los fisioterapeutas denuncian el intrusismo en el sector y advierten de que pone en peligro la salud de los ciudadanos

«El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid ha detectado un aumento de ofertas formativas que supuestamente capacitan a quienes las reciben para trabajar en centros sanitarios y deportivos.
A este respecto, denuncian que, de acuerdo con la legislación española, sólo los profesionales con titulación oficial y dados de alta en el correspondiente colegio profesional, pueden ejercer la actividad sanitaria, ya sea por cuenta ajena o propia.

(…) aunque estos cursos dicen proporcionar conocimientos para tratar de manera integral al paciente, en realidad «no trasmiten las nociones necesarias para diagnosticar y aplicar tratamientos dirigidos a la curación, rehabilitación o prevención de las enfermedades».

Por tanto, quien ejerce estas prácticas contando únicamente con esa formación pone «en peligro la salud del paciente».

(…) «el colegio denunciará ante las autoridades toda aquella publicidad engañosa emitida por este tipo de centros para evitar que los ciudadanos corran riesgos innecesarios».

(…) según el Código Penal, «el que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido y reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de cárcel de seis a doce meses».

(…) según el secretario general del Colegio de Fisioterapeutas, «estos cursos de masajes, vendajes funcionales, electroterapia, osteopatía, quiropraxia y demás terapias naturales no son oficiales ni están reconocidos por el Ministerio de Educación ni el de Sanidad».

(…) «El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid ha detectado un aumento de ofertas formativas que supuestamente capacitan a quienes las reciben para trabajar en centros sanitarios y deportivos.

A este respecto, denuncian que, de acuerdo con la legislación española, sólo los profesionales con titulación oficial y dados de alta en el correspondiente colegio profesional, pueden ejercer la actividad sanitaria, ya sea por cuenta ajena o propia.»

Fuente: EcoDiario.es

Fecha: 11-06-2008

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