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Instrucciones para los centros de enseñanza

Si en su centro se imparte un curso de hipnosis y considera que cumple las recomendaciones señaladas, o por lo menos la mayoría de ellas, puede solicitarnos, por correo electrónico, autorización para incluir en su publicidad el logotipo de «Información de Profesionales Cualificados» junto con un texto explicativo de su significado como puede verse a continuación:

Este curso cumple los requisitos de formación en hipnosis requeridos para que, quien lo curse, pueda solicitar su inclusión en la relación de profesionales cualificados mostrada en la página web del Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica del Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana (España).

Para poder estudiar dicha solicitud debe aportarse la siguiente documentación:

  • Datos del centro (nombre, dirección, datos del director/a, etc.)
  • Detalle del profesorado (incluyendo el currículum de cada profesor)
  • Programa detallado del curso.
  • Otros datos del curso (nombre, fechas, número de horas, precio, etc.)
  • Copia de la documentación que certifique los reconocimientos conseguidos (por lo menos debe tener el reconocimiento de un Colegio Oficial, de Psicólogos o de Médicos, esto se verificará y se rechazarán las solicitudes que no cumplan con este requisito, aunque lo demás se ajuste a las recomendaciones estipuladas)

Una vez revisada la documentación se comunicará la autorización para poder utilizar el logotipo, su denegación o las modificaciones que debe realizar el centro para conseguir dicha autorización.

Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica

Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana

Recomendaciones para la elección de un curso de hipnosis clínica

A continuación se recogen unas recomendaciones para orientar sobre algunas de las cosas que hay que tener en cuenta a la hora de elegir un curso de hipnosis clínica, a partir de un artículo de Luis Aparicio Sanz publicado en el Blog de Hipnosis Experimental y Aplicada, con algunas modificaciones y añadidos que hemos considerado oportuno realizar para completarlo.

1.Titulación del interesado/a: Si no se tiene una titulación en cuyo ejercicio la hipnosis pueda aplicarse como técnica coadyuvante, no debería pretenderse aprender hipnosis clínica para realizar tratamientos o terapias para las que no se está cualificado ni legalmente capacitado a aplicar. Es decir, la hipnosis clínica no debe utilizarse como excusa para la aplicación de tratamientos psicológicos, si no se es psicólogo, o tratamientos de enfermedades, si no se es médico (odontólogo, fisioterapeuta, etc.).

2.Titulación del profesorado: Los profesores de los cursos deben ser titulados universitarios en psicología, en medicina o en otra titulación sanitaria y lo que impartan debe estar dentro de su ámbito de competencias profesionales, por ejemplo, un odontólogo no debe enseñar a tratar un trastorno de ansiedad, igual que un psicólogo no puede enseñar cómo realizar una extracción dental. Los cursos de hipnosis impartidos en centros privados tienen más garantías de seriedad y calidad de enseñanza cuando incluyen a profesores universitarios y/o investigadores entre el personal docente.

3.Hipnoterapeutas entre el profesorado o como colaboradores: Si en el curso sobre el que se está recopilando información se advierte la presencia, entre el profesorado o como colaborador del centro que lo imparte, de algún “hipnoterapeuta” o “hipnólogo lego”, probablemente estarán, como indicamos en otro apartado de esta página web“impartiendo cursos con una deficiente fundamentación científica, donde se propaga una utilización inadecuada de la hipnosis clínica. Por otra parte, esos centros, se revisten de una aparente seriedad con el fin de hacer creer que sus cursos son serios, rigurosos y con mucho prestigio”.

4.Requisitos de admisión: Si el curso admite a alumnos que no sean titulados universitarios, o estudiantes avanzados, en psicología, en medicina o en otra titulación sanitaria que habilite para el ejercicio de una profesión donde se pueda utilizar la hipnosis como coadyuvante, conviene dudar de su seriedad puesto que están contribuyendo a la proliferación de “hipnoterapeutas” o ”hipnólogos legos”, que pueden sentirse formados para realizar tratamientos para los que no están cualificados ni legalmente habilitados, lo que podría hacerles infringir la ley al caer en el intrusismo profesional, en muchas ocasiones sin ser conscientes de ello por ignorar los límites de actuación que existan según la legislación de cada país. En algunos paises, por ejemplo en Israel, la aplicación de la hipnosis por parte de profesionales no titulados o en espectáculos está totalmente prohibida, mientras que en otros, por ejemplo EE.UU., se permite trabajar a los “hipnoterapeutas” pero delimitando claramente su ámbito de actuación profesional. En paises, como España, donde existe un vacío legal, al no estar legalmente regulada esa profesión, los “hipnoterapeutas” tienen más peligro de caer en el intrusismo profesional puesto que, en algunos casos, no tienen claro hasta dónde pueden llegar.

5.Reconocimientos: Que el curso esté impartido, o reconocido, por una universidad o por un colegio oficial (de psicólogos, médicos o cualquier otra titulación oficial sanitaria) es una garantía en cuanto a la calidad del curso, la titulación y la preparación de los profesionales que lo imparten, aunque no significa que deban obviarse el resto de recomendaciones. Dichos organismos exigen unos requisitos que tienen estipulados para poder reconocer los cursos, teniendo que presentarse abundante documentación donde se recogen todos los detalles relacionados con el curso (temario, duración, etc.), el profesorado (titulación, currículum, etc.), el centro (director/a, localización, autorizaciones legales pertinentes, etc.), para proceder a estudiarla y valorar si se ajusta a los niveles de calidad requeridos para su reconocimiento.

6.Diplomas expedidos: Cuando el centro que imparte los cursos expide diplomas en los que otorga “doctorados”, “másters”, “licenciaturas”, “graduados”, conviene saber que en España dichas titulaciones no tienen validez oficial salvo que sean expedidas por una universidad, pública o privada, que tenga reconocimiento oficial. Inclusive la titulación de “máster”, que hasta hace poco no existía oficialmente en España, sólo es oficial si así lo indica la universidad que lo expida, sino se trata de un título propio de esa universidad (como los títulos de “especialista universitario”, “experto universitario”, “experto profesional”, etc.). La utilización pública, por los alumnos que han cursado dichos estudios no oficiales, de las titulaciones de “doctor”, “licenciado” o “graduado”, podría llevar a error sobre la formación recibida, ante quien no conozca el tema, que puede considerar que se encuentra ante un titulado universitario y atribuirle una formación que no tiene, por ejemplo para obtener un doctorado, reconocido oficialmente, en una universidad española, se tiene que seguir una formación específica, similar en todas las universidades, en la que el doctorando adquiere una formación de calidad que no se obtiene en esos centros, además de realizar una tesis, dirigida por un doctor de la universidad donde curse sus estudios, que conlleva un exhaustivo trabajo de investigación, algo que tampoco se realiza en dichos centros puesto que esa tesis tiene que cumplir con unas exigencias muy estrictas, en cuanto a su realización formal, su contenido, la metodología de investigación utilizada, etc.

7.Supuestas universidades, facultades y títulos: No existe el título oficial de hipnoterapeuta, hipnólogo o técnico en regresiones hipnóticas. En España no existe una Facultad de Hipnosis dependiente de ninguna universidad pública o privada que cuente con reconocimiento oficial del Estado y que ofrezca estos títulos[…] Las supuestas universidades y facultades que ofertan estos estudios, suelen ser de organizaciones de hipnoterapeutas legos, que difunden una hipnosis sin bases científicas y, generalmente, incluyendo procedimientos que son inertes y/o iatrogénicos. En algunas Universidades Españolas la hipnosis se estudia como una materia más dentro de otras asignaturas y cursos de doctorado. Así pues, cualquier publicidad sobre la existencia de una Facultad de Hipnosis es engañosa”, según puede leerse en el tríptico de “Información Esencial sobre la Hipnosis Científica” realizado por la Unidad de Investigación: Interacción Psicológica de la Universidad de Valencia, en colaboración con el Colegio Oficial de Psicólogos.

8.Lo que debe contener el temario: En el temario se debe hablar de los mitos y dar información sobre la investigación experimental que indica que son mitos e incluir, al menos, las teorías disociativas y sociocognitivas de la hipnosis. También se debe ofrecer formación científica en hipnosis clínica, teniendo en cuenta las áreas de eficacia de la hipnosis que, según las investigaciones científicas recientes, tienen evidencia empírica sobre lo adecuado de la utilización de la hipnosis como coadyuvante en la práctica clínica.

9.Técnicas de regresión hipnótica: Conviene ser cauteloso cuando en el curso se anuncian epígrafes relacionados con las técnicas de regresión hipnótica para el tratamiento de “traumas”, “regresión a otras vidas”, etc., puesto que, como podemos leer en el tríptico de “Información Esencial sobre la Hipnosis Científica”,  “la hipnosis no debería utilizarse con la idea de que facilita la recuperación de recuerdos de sucesos de los que la persona no se acuerda, pero que son la causa de su problema actual. El uso de los procedimientos hipnóticos aumenta tanto la recuperación de información correcta como incorrecta, pudiendo causar falsos recuerdos. Además también produce una confianza inadecuada en el recuerdo, aún cuando estos puedan ser inexactos e imprecisos. Por tanto, el uso de la hipnosis para recuperar recuerdos de sucesos olvidados es mejor evitarlo”.

10. Curaciones milagrosas: Se debe desconfiar cuando se publicite que con la hipnosis, que se aprenderá en los cursos, se van a poder conseguir curaciones milagrosas o muy rápidas, incluso en enfermedades como el cáncer o el sida.

    Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica

    Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana

    Sáez Sáez, Soberana

    Titulación universitaria:

    Psicóloga.

    Colegiado:

    CV-8024   Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana.

    Titulación o estudios de hipnosis:

    “Experto en hipnosis aplicada en terapias psicológicas” Realizado en el Centro de psicología clínica y formativa. 40 horas lectivas.

    Temas que trata:

    Ansiedad, depresión, dependencias, estrés, etc.

    Datos de contacto:

    Teléfono: 96 155 02 66

    Móvil: 616 96 29 93

    Otros datos:

    Master en psicología clínica por ESTECO

    Winter Althaus, Gustavo

    Titulación universitaria:

    Licenciado en Medicina.

    Especialista en Psiquiatría.

    Colegiado:

    35/35/0443

    Titulación o estudios de hipnosis:

    Postgrado en Hipnosis Clínica de la Facultad de Psicología de la Universidad de Barcelona (2007-2008).

    Especialista Universitario en Hipnosis Clínica (UNED).

    Curso de Hipnosis Clínica: Fundamentos y aplicaciones (2005-2006). Organizado por el Foro Psiquiátrico de Canarias. 40 horas. Impartido por Dr. D. José Sala Payá y Dr. D. Antonio Capafons Bonet).

    Asistencia a monográficos del Postgrado en Hipnosis de la Universidad de Barcelona e Instituto Erickson: 1.- La hipnosis en los Trastornos Psicosomáticos / La autohipnosis (Dr. Dirk Revenstorf, Octubre 2005); 2.- Hipnoterapia ultrabreve de los Trastornos Conversivos (Dr. Camilo Loriedo, Octubre 2006).

    Temas que trata:

    Trastornos de ansiedad, tabaquismo, dolor crónico, trastornos conversivos.

    Datos de contacto:

    C/ Pamochamoso, 7,2

    35004 Las Palmas de Gran Canaria (España)

    Teléfono  928 233 419

    E-mail: gwa@comlp.es

    Vázquez Tello, Mª José

    Titulación universitaria:

    Licenciada en Psicología por la Universidad Complutense de Madrid (1979)

    Psicóloga Clínica.

    Colegiado:

    M-2678  Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid

    Titulación o estudios de hipnosis:

    Cursos impartidos por Héctor González Ordí en el COP de Madrid (2000 y 2005).

    Temas que trata:

    Orientación cognitivo-conductual con aplicación de la hipnosis como técnica dentro de la propia terapia cuando se considera necesario: relajación, fobias, etc.

    Datos de contacto:

    Centro de Psicología NAHAR

    C/ Begoña, 34

    28803 Alcalá de Henares – Madrid (España)

    Teléfono  619 290 646